20 de septiembre de 2010

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Autonomia indigena: 2 parte

Bolivia_taller_periodistas_indigenasEl siguiente articulo es la segunda parte del ensayo escrito de Vicente Nicolás (Director Regional, ACLO Potosí) sobre la Autonomía Indígena propuesta por la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.

¿Quiénes Han De Ser Las Autoridades Autonómicas? 

Una vez determinada la escala en  la que se ha de plantear las autonomías indígenas, se tendrá que definir cómo se ha manejar la autonomía. Podríamos partir de lo que no debe ser la autonomía indígena. No puede ser otro gobierno municipal que siga funcionando bajo la misma estructura que la actual sólo que con nombres más folclóricos. Pero tampoco deberían convertirse, creo yo, las autoridades originarias en funcionarios públicos sustituyéndose a los actuales alcaldes. Las autoridades originarias son autoridades políticas pero también morales y espirituales en sus ayllus; si los kurakas han de asumir la gestión del dinero público, es probable que se vean rápidamente envueltos en denuncias de corrupción, como ocurre hoy en día en las alcaldías, y pierdan el prestigio bien ganado que tienen actualmente.

De  mi punto de vista, sería un error querer inventar la pólvora. Se tiene que partir de lo que ya existe en cuanto a prácticas autónomas de los ayllus en la gestión municipal. En la actualidad sabemos que la elección de las autoridades municipales se hace en dos tiempos: Primero en cabildos o ampliados y luego mediante el voto universal secreto. También sabemos que concejales y alcaldes deben presentar sus informes regularmente ante el cabildo que les renueva o no su confianza. Para los alcaldes “orgánicos”, como se les llama, es decir aquellos que se deben a su organización, la aprobación del cabildo es  indispensable para seguir en el cargo. También se ha visto alcaldes municipales sancionados por sus autoridades originarias por haber defraudado la confianza depositada en ellos. Por último, se sabe que, en varios municipios, existen experiencias interesantes de descentralización municipales a través de distritos indígenas que corresponden a cada uno de los ayllus que compone el municipio. En estos distritos indígenas, es interesante notar que no delegaron la función de subalcalde a la autoridad originaria sino eligieron  a una persona por consenso (no por voto) para asumir esta responsabilidad. En este caso el subalcalde es el brazo operativo que responde a los mandamientos del ayllu y de la autoridad originaria. Me parece que la autonomía indígena tiene que apuntar a profundizar estas prácticas autonómicas  y no a crear nuevas realidades.

Los Mecanismos E Instancias De La Autonomía

Collas-altiplano-BoliviaDebemos preguntarnos si es necesaria aún la práctica del voto universal en una autonomía indígena. Todo apunta a que los usos y costumbres y la democracia comunitaria podrían reemplazarla. Sin embargo, no podemos ocultar que, en muchos lugares donde existen conflictos entre la organización originaria y la sindical, los candidatos obtienen el consenso solamente de su organización. Esto implica que las elecciones son una manera de dirimir entre los candidatos del ayllu y los del sindicato. Esta situación no tiene por qué ser permanente pero, mientras exista, puede ser necesario recurrir a elecciones de tipo liberal para desempatar a los bandos en conflicto. En todo caso, deberían desaparecer los partidos políticos de las autonomías originarias. Los cabildos o ampliados representan una forma de democracia directa donde quienes han de manejar el dinero público tendrán que rendir cuentas y aprobar. El consejo de ayllus conformado por las autoridades originarias tendría luego la capacidad de mantener o sustituir a los funcionarios públicos según al veredicto obtenido en cada ayllu. A diferencia de un concejo municipal cuyo número de miembros está definido por la Corte Electoral, el consejo de ayllus tendría a un representante (qhari warmi) por cada ayllu independientemente de su importancia demográfica: se trataría por lo tanto de una representación más territorial que poblacional. Pero el dinero público (proveniente  de la coparticipación tributaria y otros) debería ser repartido entre los diferentes ayllus según a la cantidad de habitantes que tienen, salvo una parte que serviría para proyectos mancomunados a nivel de marka.  Entonces la mayoría del dinero estaría bajo el control social directo del ayllu quien lo administraría a través de sus mecanismos de democracia directa y otra parte del dinero sería administrado a nivel del consejo de ayllus de la marka.

Entonces queda la pregunta final: si el ayllu es quien ha de definir el destino de sus recursos, controlar su buena administración y sancionar a los malhechores, ¿quién ha de manejar la plata? Aquí existen dos repuestas posibles. Hay quienes piensan que las autoridades originarias deben manejar el dinero público. Pero personalmente pienso que no debería ser así. El Alcalde y el subalcalde están en la actualidad sometidos a la autoridad máxima de los kurakas. Quizás sea esto lo que hay conviene  institucionalizar dentro de la autonomía indígena.

Autonomía Y Descolonización Del Estado

Aquí están en juego dos interpretaciones del proceso de descolonización. Según Raúl Prada, hasta donde lo he entendido, las autoridades originarias deberían manejar el dinero público y convertirse en funcionarios públicos puesto que  es parte del proceso de descolonización del  Estado. Yo opino exactamente lo contrario. Las autoridades originarias eran parte del Estado colonial; los caciques eran funcionarios asalariados de la corona española. Y el proceso de descolonización empezó con el distanciamiento de los caciques hacia el poder colonial. Tras la sublevación general de 1780-81, los caciques se volvieron no-confiables para el poder colonial que dejó de apoyarse en ellos. En el período republicano, a pesar de ser desconocidos por Simón Bolívar, los caciques  mantuvieron un gobierno propio  través de una red de  apoderados. Considero que el proceso de descolonización se ha afianzado en los ayllus a través de la institución de un gobierno propio e independiente que, en ciertas ocasiones, ha sabido enfrentarse al Estado boliviano. En este sentido, el proceso de descolonización del Estado es una cosa y el proceso de descolonización de los pueblos es otra. El querer absorber a las autoridades originarias dentro de la estructura estatal me parece que sería repetir la experiencia colonial.

indigenas-chaco El reconocer la autonomía de los ayllus pasa al contrario, creo yo,  por mantener su independencia hacia las estructuras estatales de poder. Los ayllus constituyen un sistema político que ha tenido la capacidad de convivir, a lo largo de su historia, con diferentes modelos de Estado, como ser el Estado incaico, el español, el republicano, el Estado nacional del MNR  y ahora con el Estado plurinacional del MAS pero no se confunde con ninguno de ellos y su participación en cualquiera de estos modelos estatales siempre ha sido objeto de una negociación más o menos pacífica, más o menos violenta; más o menos voluntaria, más o menos forzosa. En este sentido, hay que tener claro que la Constitución no instituye sino reconoce una autonomía indígena que los pueblos mantuvieron a lo largo de los siglos.

Las autonomías municipales, departamentales y regionales se dejan delimitar por las competencias que tendrán y los recursos que manejarán.  Los municipios empezaron a cobrar vida a partir de los recursos de coparticipación y los departamentos a partir del IDH. En cambio los ayllus se mantuvieron vigentes a pesar de no tener recursos, ni personaría jurídica ni nada. Está muy claro ahora que la autonomía departamental de Santa Cruz no podrá aplicarse, a pesar de la aprobación de su estatuto, hasta inscribirse en el ordenamiento constitucional del país. La autonomía indígena al contrario ya está en marcha, ya se vive independientemente de la figura jurídica que se le quiera dar. Por ello, creo que los ayllus están una vez más ante el desafío de posicionarse como un sistema político diferente capaz de articularse con el Estado y sus fuentes de financiamiento público pero sin confundirse con  las estructuras estatales ni depender de ellas.

Articulo original de Vicente Nicolás

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Fuente: www.aclo.org.bo

1 comentarios:

  1. Excelente post amigo Jean Wolf, sigue publicando y no te olvides de escribir en tu blog.

    Abrazos

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